REQUISITOS Y CONDICIONES PARA SU ADMISIÓN
a) –No se realizan discriminaciones de ningún tipo en razas, nacionalidades, religiones o condición social.
b) –Tener la edad mínima de sesenta (60) años. No se admite postrados e impedido física o psíquicamente.
c) –Poseer ingresos económicos por jubilación, pensión, rentas, retiros y otros acreditables.
d) –Tener un familiar, pariente o allegado, como garantía económica, moral y responsabilidad personal, que respalde la permanencia del interno en el Hogar.
e) -Acompañar a la solicitud de ingreso (a llenar con todos los datos que se requieran), con una certificación médica de sus condiciones físicas y psíquicas, fotocopia del documento de identidad (primera y segunda página). En la certificación médica, deben figurar los diagnósticos, medicamentos a suministrar, posologías, posibles dietas o tratamientos comunes. El costo de los medicamentos corre por cuenta del interno o del garante (familiar, pariente o allegado).
f) -En caso de que un interno permanente, sufra durante su estadía en el Hogar, una movilidad y necesite una atención permanente las 24 hs. ininterrumpidas, los familiares, parientes o allegados, sujetos al convenio de admisión firmado, se obligarán a suministrar un apersona para su cuidado especial. Los costos que ello implique correrán por cuenta de los o el garante familiar, pariente o allegado.
g) –No se permite el ingreso como interno, a adictos al alcohol o drogas perniciosas. Tampoco la posesión de armas de fuego.
h) –De no cubrir el postulante o interno el costo de pensión (cuota mensual a abonar por adelantado), con sus ingresos económicos, la diferencia será abonada mensualmente por sus familiares, parientes o allegados que hayan suscriptos el Convenio de Admisión.
i) –Para sostener mejoras y la evolución del Hogar, el interno o garantes, abonarán los meses de junio y diciembre de cada año, un cincuenta (50%) porciento del aguinaldo o equivalente aparte. Rige la misma condición del punto anterior. Es una norma aplicada desde hace varias décadas.
j) –No se permite la permanencia en horas nocturnas (salvo la atención de 24 hs. de un interno), de personas ajenas al Hogar, exceptuando las expresamente autorizadas por la Comisión Directiva.
k) –Cuando familiares, parientes o allegados retiren por corto tiempo (semana o días) al interno del Hogar, deberán dar aviso anticipado al personal de cocina y encargado, especificando la duración de esa ausencia. El tiempo que permanezca el interno fuera del Hogar por esas circunstancias, su seguridad correrá por cuenta de los responsables: sus familiares, parientes o allegados.
l) –Como se especificó anteriormente, no se permiten mascotas para los internos.
NOTA: Todos estos requisitos y obligaciones estarán estipulados en el Convenio de Admisión que se suscribe entre las partes, ante Escribano Público. Toda circunstancia no prevista será resuelta por la Comisión Directiva.
Los garantes, familiares o allegados podrán sugerir mejoras, modificaciones en los servicios y atención, o las críticas constructivas que desean realizar y serán atendidas y resueltas en la Comisión Directiva.